sábado, 14 de noviembre de 2015

ENSAYO 3 La Ley de Comunicación; Derecho a la Réplica y Linchamiento Mediático, su aplicación en los medios tradicionales.



La prensa llega diariamente a millones de persona en el mundo, a través de la radio, los impresos y la televisión. También lo hace por medio de las diversas plataformas digitales que hoy en día en están al servicio de los usuarios. En el Ecuador su  evolución se ha realizado conforme a los avances tecnológicos y ejercerciendo el pluralismo como eje fundamental de la información. En la actualidad, el ejercicio periodístico está sometido a regulaciones debido a la aplicación de la Ley Orgánica de Comunicación, esto con la finalidad de proteger y regular el desarrollo de los contenidos que difunden los diversos medios en el país sean estos públicos, privados o comunitarios, se aprobó La Ley Orgánica de Comunicación (LOC), el 14 de julio del 2013.


Este cuerpo legal obliga a los medios a producir contenidos verificados contrastados y contextualizados, con el fin de entregar al ciudadano una información que no afecte su honra de personas o violente su derecho. La creación de un código deontológico donde se comprometen a mejorar sus prácticas comunicacionales y la distribución equitativa de frecuencias de radio y televisión. 

Lcdo. Jose Medina Correa.
Nuestros entrevistados concuerdan que el cambio mediático se ha dado debido a la vigencia de la Ley Orgánica de Comunicación. Según el Licenciado José Medina Correa conductor del programa “Acción y Justicia” de Radio Morena, manifiesta que “La LOC ha cambiado el esquema de hacer radio, prensa escrita y televisión, este mandato constitucional ya existía pero no había la manera de aplicarlo y que en la actualidad cualquier persona que sienta afectada por una publicación que vulnere sus derechos, puede acudir al medio que lo genero y pedir una rectificación; pero si el medio no accede a dicha petición, el afectado puede acudir a la CORDICOM (organismo regulador de contenidos de los medios de comunicación) a solicitar el derecho a la réplica”; el que consiste en corregir o rectificar dicha difusión en el medio donde se publicó, si se tratase de prensa escrita u on line y en el caso de radio o televisión debe de darse en el programa donde se transmitió dicha noticia., en el mismo espacio y tiempo. Articulo 17.

Lcdo. Stalyn Ramos Lara (izquierda).

Para el Licenciado Stalyn Ramos, director de contenido del programa Jarabe de Pico de Teleamazonas “el linchamiento mediático y el derecho a la réplica son las principales puntos que se toman en consideración en esta nueva ley, permitiéndonos medir cuáles serían los efectos que generen las noticias que difundiremos; y que tan beneficioso puede ser para la sociedad; el tener un micrófono como arma de comunicación, y a quien se lo podemos dar para que se exprese”. El linchamiento mediático consiste en la publicación constante en uno o  diversos medios con la finalidad de desprestigiar a personas o entidades, donde la figura de la ética profesional juega un papel preponderante. Artículo 10.




Lcdo. Douglas Alarcon.

Los cambios en el mapa mediático del país, vienen de la mano con el nacimiento del gobierno del Presidente Rafael Correa; nos manifiesta el editor de Diario La Hora Douglas Alarcón, “especialmente cuando se evidencio una relación poco amistosa entre el poder político y los medios; lo que motivo la creación de la LOC, para poder regular sus contenidos y comportamiento; además manifiesta que a raíz de su aplicación existen mejoras en salarios y los trabajadores se sienten valorizados al tener mejores condiciones laborales; aunque en el ejercicio en sí, tengan dificultades con lo público”.

En síntesis como tal en el Ecuador se ejerce una labor periodística, con mucha mayor responsabilidad, que en el pasado; preocupándose por de la calidad de información y del profesionalismo de sus periodistas. 



Es preciso recordar que en el pasado ciertos medios irrespetaron parámetros, al no responder pedido de rectificaciones y se cerró a la necesidad de ejercer el pluralismo a través de la difusión de informaciones sesgadas.

Los ecuatorianos son los principales beneficiados con la Ley Orgánica de Comunicación; al recibir contenidos, en los cuales prime un excelente comportamiento ético, y que su difusión ayude al fortalecimiento de nuestras raíces, valores y conocimientos; donde no exista ningún tipo de exclusión, desinformación y linchamiento mediático.



Fuentes:
Derecho a la réplica:
Linchamiento mediático:


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